Garantizan operaciones de carácter crediticio derivadas de operaciones de compraventa de bienes y servicios de naturaleza mercantil, exclusivamente cuando se trata de obligaciones de pago a personas morales distintas de entidades financieras.
Garantizan operaciones de carácter crediticio derivadas de operaciones de compraventa de bienes y servicios de naturaleza mercantil, exclusivamente cuando se trata de obligaciones de pago a personas morales distintas de entidades financieras.
PARTICULARES: Garantizan el pago de suministros entre particulares.